OMS aprueba enmiendas al RSI 2005
La Asamblea de la Organización Mundial de la Salud (reunión anual que congrega a los 194 países que la componen) acordó hoy un conjunto de enmiendas clave al Reglamento Sanitario Internacional (2005) (RSI) y formuló un compromiso concreto para culminar las negociaciones sobre un acuerdo sobre pandemias de alcance mundial en el plazo de un año, a más tardar.
Estas medidas decisivas se han adoptado para garantizar que todos los países se doten de unos sistemas integrales y sólidos a fin de proteger la salud y la seguridad de toda la población, donde quiera que esté, frente al riesgo de futuros brotes y pandemias.
Adoptadas conjuntamente en la 77ª Asamblea Mundial de la Salud, constituyen un paso importante de los países para aprovechar las enseñanzas extraídas de distintas emergencias sanitarias mundiales, incluida la pandemia de COVID-19. El conjunto de enmiendas al Reglamento reforzará la preparación, la vigilancia y la respuesta mundiales frente a las emergencias de salud pública, incluidas las pandemias.
El Dr. Tedros Adhanom Ghebreyesus, Director General de la OMS, dijo que el texto aprobado hoy es “un poderoso trampolín para completar el Acuerdo sobre Pandemias”, texto este último que no se pudo adoptar en la 77ª Asamblea Mundial de la Salud por falta de consenso.
Las nuevas enmiendas al RSI comprenden:
- la introducción de una definición de emergencia pandémica para poner en marcha una colaboración internacional más eficaz en respuesta a eventos que podrían dar lugar a una pandemia o que ya constituyen una. Esta definición de emergencia pandémica supone un nivel de alarma más elevado que se basa en los mecanismos vigentes del RSI, incluida la determinación de una emergencia de salud pública de importancia internacional. De acuerdo con la definición, una emergencia pandémica es una enfermedad transmisible que tiene, o entraña un alto riesgo de tener, una amplia propagación geográfica a varios Estados o dentro de ellos; que excede, o entraña un alto riesgo de exceder, la capacidad de los sistemas de salud para responder en esos Estados; que provoca, o entraña un alto riesgo de provocar, considerables perturbaciones sociales y/o económicas, incluidas perturbaciones en el tráfico y el comercio internacionales; y que requiere una acción internacional coordinada rápida, equitativa y reforzada, con un enfoque que abarque a todo el gobierno y a toda la sociedad;
- un compromiso con la solidaridad y la equidad en cuanto al fortalecimiento del acceso a los productos médicos y al financiamiento. Esto incluye establecer un Mecanismo Financiero de Coordinación para apoyar la determinación de la financiación necesaria para «dar una respuesta equitativa a las necesidades y las prioridades de los países en desarrollo, en particular con miras a desarrollar, fortalecer y mantener las capacidades básicas», y otras capacidades relacionadas con la prevención, la preparación y la respuesta frente a emergencias pandémicas, y permitir el acceso a esta financiación;
- el establecimiento de un Comité de los Estados Partes para facilitar la aplicación efectiva del Reglamento en su versión enmendada. El Comité promoverá y apoyará la cooperación entre los Estados Partes para la aplicación efectiva del RSI; y
- la Creación de Autoridades Nacionales para el RSI a fin de mejorar la coordinación en lo que respecta a la aplicación del Reglamento a nivel nacional y entre los países.
«La experiencia adquirida en las epidemias y las pandemias, desde el ébola y el zika hasta la COVID-19 y la viruela símica, nos mostró en qué áreas necesitábamos dotarnos de mejores mecanismos de vigilancia, respuesta y preparación en materia de salud pública en todo el mundo», declaró el Dr. Ashley Bloomfield, de Nueva Zelandia, Copresidente del Grupo de Trabajo sobre las Enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional (2005) y del Grupo de Redacción que facilitó las negociaciones sobre el conjunto de enmiendas durante la Asamblea Mundial de la Salud.
Fuente: OMS, 1 de junio de 2024.
Enmiendas al RSI 2005, aprobadas el 1 de junio de 2024