El Informe 4/2010 JCCM Madrid sobre oferta económica con valor anormal o desproporcionado en un contrato de servicios del Servicio Madrileño de Salud (consultoría, asistencia, mediación y asesoramiento en materia de seguros) considera válida la oferta mediante un precio simbólico.
La Mesa de Contratación, comprobó la oferta económica correspondiente a la empresa M.U.C.D.S., S.A.U., anormalmente baja, e interpretó que era inviable otorgar el servicio correspondiente a la realización de informes periciales al precio de licitación, por lo que acordó su exclusión, por cuanto el art. 129 de la LCSP, establece que el interesado deberá ajustar sus proposiciones a lo previsto en el PCAP, y que su presentación supone la aceptación incondicionada del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones.