Suspensión cautelar de la Orden que restringe el ejercicio de la cirugía estética

La Audiencia Nacional ha acordado la suspensión cautelar de la Orden del Ministerio de Sanidad sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios que establece que las intervenciones de cirugía estética sean llevadas a cabo sólo por médicos especialistas.

En concreto, la Orden SND 1002/2004 precisa que la “unidad asistencial en la que un médico con la especialidad en Cirugía plástica, estética y reparadora u otra especialidad quirúrgica o médico-quirúrgica en el ámbito y competencias indicadas en el programa oficial de su especialidad, es responsable de realizar tratamientos quirúrgicos, con finalidad de mejora estética corporal, facial o capilar”.

La Asociación Española de Cirugía Estética y un particular recurrieron la mencionada Orden y solicitaron como medida cautelar su suspensión al entender que de no hacerlo se perdería la finalidad legítima del recurso presentado y, además, no se ocasionarían daños a los intereses generales.

Los magistrados explican que la Orden de Sanidad aprobada el pasado mes de septiembre viene a modificar el anexo del Real Decreto 1277/2003 que establece las bases generales sobre autorización de centros servicios y establecimientos sanitarios. Indican que el fin de esta Orden es impedir o dificultar el ejercicio profesional en la Unidad U-47 a titulados en medicina y cirugía que no sean especialistas, lo que no estaba contemplado en el Real Decreto, pues no contenía previsión alguna sobre competencias profesionales.

Fuente: Comunicación Poder Judicial.

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