Anulación parcial del RD 463/2020, que declaró el estado de alarma

Adelantamos Nota informativa del Tribunal Constitucional sobre la sentencia que anula de forma parcial el Real Decreto 463/2020, que declaró el estado de alarma, por suponer una suspensión -y no una mera limitación- de derechos fundamentales de libre circulación.

NOTA INFORMATIVA Nº 72/2021. ADELANTO DE PARTE DISPOSITIVA EL PLENO DEL TC QUE POR MAYORÍA ESTIMA PARCIALMENTE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DE VOX CONTRA VARIOS PRECEPTOS DEL REAL DECRETO 463/2020, QUE DECLARÓ EL ESTADO DE ALARMA PARA LA GESTIÓN DEL COVID-19.

El Pleno del Tribunal Constitucional por mayoría ha resuelto:

PARTE DISPOSITIVA

“En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido:

1º Inadmitir la pretensión de inconstitucionalidad dirigida contra la Orden SND/298/2020, de 29 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19.

2º Estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; y, en consecuencia, declarar inconstitucionales y nulos, con el alcance indicado en el fundamento jurídico 2, letra d); y con los efectos señalados en los apartados a), b) y c) del fundamento jurídico 11:

a) Los apartados 1, 3 y 5 del artículo 7.

b) Los términos “modificar, ampliar o” del apartado 6 del artículo 10, en la redacción resultante del artículo único, 2, del Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.

3º Desestimar, en todo lo demás, el recurso de inconstitucionalidad”.

Han formulado votos particulares el Presidente Juan José González Rivas y los magistrados Andrés Ollero, Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer.

En los próximos días se notificará el contenido íntegro de la sentencia y de los votos particulares junto con una nota de prensa más amplia.

Madrid, 14 de julio de 2021

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