Resolución OMS 73ª Asamblea Mundial de la Salud, 19 de mayo 2020. Respuesta a Covid 19
https://apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/WHA73/A73_R1-sp.pdf
Extracto
Reconociendo que la pandemia de COVID-19 tiene un efecto desproporcionadamente elevado en los pobres y los más vulnerables y repercute en los avances en materia de salud y desarrollo, en particular en los países de ingresos bajos e ingresos medianos y en los países en desarrollo (…)
(…) Reconociendo además los efectos negativos de la pandemia de COVID-19 en la salud, en particular el hambre y la malnutrición, el aumento de la violencia contra las mujeres, los niños y los trabajadores sanitarios de primera línea, y las perturbaciones en la atención de las personas de edad y las personas con discapacidad;
(…) HACE UN LLAMAMIENTO para que se otorgue prioridad a nivel mundial al acceso universal, oportuno y equitativo a todas las tecnologías y productos sanitarios esenciales de calidad, seguros, eficaces y asequibles, incluidos sus componentes y precursores, que sean necesarios para la respuesta a la pandemia de COVID-19, así como a su distribución justa, y para que se eliminen urgentemente los obstáculos injustificados que dificulten dicho acceso y distribución, en consonancia con las disposiciones de los tratados internacionales pertinentes, en particular las disposiciones del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) y las flexibilidades reconocidas en la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública;
REITERA la importancia de atender urgentemente las necesidades de los países de ingresos bajos y medianos a fin de subsanar las lagunas en los esfuerzos para superar la pandemia, mediante una asistencia humanitaria y para el desarrollo oportuna y adecuada;
RECONOCE la función de la inmunización extensiva contra la COVID-19 como bien de salud pública mundial en la prevención, la contención y la detención de la transmisión con miras a poner fin a la pandemia una vez que se disponga de vacunas seguras, de calidad, eficaces, efectivas, accesibles y asequibles;
HACE UN LLAMAMIENTO a los Estados Miembros1 para que, en el contexto de la pandemia de COVID-19:
1) pongan en marcha una respuesta a nivel de todas las instancias gubernamentales y toda la sociedad, en particular mediante la aplicación de un plan de acción nacional e intersectorial contra la COVID-19 en el que se esbocen medidas tanto inmediatas como a largo plazo, con miras a fortalecer de manera sostenible sus sistemas de salud y de atención y apoyo sociales, así como su capacidad de preparación, vigilancia y respuesta, teniendo en cuenta también las orientaciones de la OMS, según el contexto nacional, haciendo partícipes a las comunidades y colaborando con las partes interesadas pertinentes;
2) apliquen planes nacionales de acción mediante el establecimiento, según sus contextos específicos y en todos los sectores gubernamentales, de medidas contra la COVID-19 que sean integrales y proporcionadas, tengan plazos determinados e incluyan una perspectiva de edad, discapacidad y género, garantizando al mismo tiempo el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, prestando especial atención a las necesidades de las personas en situaciones vulnerables, promoviendo la cohesión social, adoptando las medidas necesarias para garantizar la protección social y la protección contra las dificultades financieras, y previniendo la inseguridad, la violencia, la discriminación, la estigmatización y la marginación;
3) se aseguren de que las restricciones a la circulación de personas y de equipos médicos y medicamentos en el contexto de la COVID-19 sean temporales y específicas y que incluyan excepciones para la circulación de los trabajadores sanitarios y de ayuda humanitaria, incluidos los agentes de salud comunitarios, que les permitan el cumplimiento de sus obligaciones, y para el traslado del equipo y los medicamentos que necesiten las organizaciones humanitarias en sus operaciones;
4) adopten medidas para apoyar el acceso al agua potable, el saneamiento y la higiene, y la prevención y el control de las infecciones, velando por que se preste la debida atención a la promoción de medidas de higiene personal en todos los entornos, incluidos los entornos humanitarios y, especialmente, los establecimientos sanitarios;
5) garanticen el funcionamiento continuado del sistema de salud en todos los aspectos pertinentes, con arreglo al contexto y las prioridades nacionales, necesarios para una respuesta efectiva de salud pública a la pandemia de COVID-19 y otras pandemias en curso, y la prestación ininterrumpida y segura de servicios individuales y poblacionales para, entre otras cuestiones, las enfermedades transmisibles, especialmente por medio de programas de vacunación no interrumpidos, y para las enfermedades tropicales desatendidas, las enfermedades no transmisibles, la salud mental, la salud maternoinfantil y la salud sexual y reproductiva; y promuevan la mejora de la nutrición para las mujeres y los niños, reconociendo en este sentido la importancia de mejorar la financiación nacional y la asistencia para el desarrollo según sea necesario en el contexto del logro de la cobertura sanitaria universal;
6) proporcionen a la población información fiable y exhaustiva sobre la COVID-19 y las medidas adoptadas por las autoridades en respuesta a la pandemia, y adopten medidas para contrarrestar la información errónea y la desinformación, así como las actividades cibernéticas dañinas;
7) proporcionen acceso a pruebas seguras, tratamiento y cuidados paliativos contra la COVID-19, prestando una atención especial a la protección de las personas con afecciones de salud preexistentes, las personas mayores y otras personas en riesgo, en particular los profesionales de la salud, los trabajadores sanitarios y otro personal pertinente de primera línea;
8) proporcionen a los profesionales de la salud, los trabajadores sanitarios y otro personal pertinente de primera línea expuesto a la COVID-19, acceso a equipo de protección personal y otros productos necesarios, así como capacitación, en particular a través de la prestación de apoyo psicosocial; tomen medidas para su protección en el trabajo, facilitando su acceso al trabajo, y garantizando que reciben remuneración adecuada; y consideren la introducción de sistemas de distribución de tareas y delegación de funciones con el fin de optimizar el uso de los recursos;
9) aprovechen las tecnologías digitales para la respuesta a la COVID-19, especialmente para abordar sus efectos socioeconómicos, prestando una atención especial a la inclusión digital, el empoderamiento de los pacientes, la privacidad de los datos, y las cuestiones éticas, jurídicas y de seguridad, así como a la protección de los datos personales;
10) proporcionen a la OMS información de salud pública oportuna, exacta y suficientemente detallada en relación con la pandemia de COVID-19, según se requiere en el Reglamento Sanitario Internacional (2005);
11) en relación con la COVID-19, compartan con la OMS y con otros países, según proceda, las enseñanzas aprendidas, prácticas óptimas, datos, materiales y productos básicos necesarios para la respuesta;
12) colaboren para promover la investigación y el desarrollo con financiación tanto privada como pública, así como la innovación colectiva, en todos los ámbitos pertinentes, sobre las medidas necesarias para contener y poner fin a la pandemia de COVID-19, en particular sobre las vacunas, las pruebas diagnósticas y los tratamientos, y compartan información pertinente con la OMS;
13) optimicen el uso prudente de los antimicrobianos en el tratamiento de la COVID-19 y las infecciones secundarias a fin de prevenir la aparición de resistencia a los antimicrobianos;
14) refuercen las medidas que fortalezcan la participación de la mujer en todas las etapas de los procesos de adopción de decisiones, e incorporen una perspectiva de género en la respuesta a la COVID-19 y la recuperación conexa;
15) proporcionen financiación sostenible a la OMS para garantizar que la Organización pueda responder plenamente a las necesidades de salud pública en la respuesta mundial a la COVID-19 sin dejar a nadie atrás;
8. HACE UN LLAMAMIENTO a las organizaciones internacionales y otras partes interesadas para que:
1) apoyen a todos los países que lo soliciten en la aplicación de sus planes de acción nacionales multisectoriales, en el fortalecimiento de sus sistemas de salud para responder a la pandemia de COVID-19 y en el mantenimiento de la prestación segura de todos los otros servicios y funciones esenciales de salud pública;
2) colaboren a todos los niveles para desarrollar y someter a prueba medios diagnósticos, tratamientos, medicamentos y vacunas seguros, eficaces, asequibles y de calidad para responder a la COVID-19, y para ampliar su producción, en particular mediante los mecanismos existentes de mancomunación voluntaria y autorización de licencias de patentes a fin de facilitar el acceso oportuno, equitativo y asequible a tales productos, de forma compatible con las disposiciones de los tratados internacionales, en particular las del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) y las flexibilidades reconocidas en la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública;
3) combatan —cuando sea pertinente y en coordinación con los Estados Miembros— la proliferación de desinformación e información errónea, especialmente en la esfera digital, así como la proliferación de actividades cibernéticas dañinas que socavan la respuesta de salud pública; y apoyen la facilitación oportuna de información y datos claros, objetivos y de base científica a la población;
Cuarta sesión plenaria, 19 de mayo de 2020 A73/VR/4